El Frob se autoriza a sí mismo a no cumplir sentencias que amparen a titulares de preferentes
El artículo 72 del Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto, de reestructuración y resolución de entidades de crédito aprobado hace una semana y que se presentó como el escenario normativo en el que los titulares de participaciones preferentes de bancos intervenidos tendrían las espaldas cubiertas al menos en parte contiene una cláusula que permite que el Banco de España o el Frob aleguen ante la autoridad judicial “causas que determinen la imposibilidad material de ejecutar una sentencia” que ampare a compradores de instrumentos híbridos de capital (participaciones preferentes y deuda subordinada)

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.

