¿Es consignativa la tasa judicial o con entrega al Estado?
En el presente artículo el Doctor Vicente Magro Verset hace un análisis sobre si la tasa judicial es tan solo consignativa, de tal manera de que si al final se estima la demanda se devuelve al actor de la misma, o bien el importe exigido para cada caso por las cuantías fijas y variables queda ya para el erario público y la parte actora debería cobrar la tasa del condenado en el pleito.
Artículo publicado en el el derecho.com

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.

