Sentencia Tribunal Constitucional – Consignación depósito
Se analiza el carácter subsanable o insubsanable de la omisión de constitución del depósito para recurrir, atendiendo a lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ y resolviendo que la palabra «defecto» de la disposición adicional 15ª de la LOPJ, se emplea con un alcance general, y se refiere a tres manifestaciones de incumplimiento posibles, para todas las cuales cabe la subsanación de acuerdo con lo establecido en la propia norma. Ver sentencia

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.

