Sentencia Tribunal Constitucional anulando las tasas judiciales a personas jurídicas
El pasado 21 de Julio el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que se declaran inconstitucionales y nulas las tasas judiciales impuestas a personas jurídicas.
Concretamente el Tribunal Constitucional anula las cuotas de 200€ para interponer el recurso contencioso administrativo abreviado y la de 350€ para interponer el recurso contencioso administrativo ordinario. La cuota de 800€ para recursos de apelación, la de 1.200€ para recursos de casación y extraordinario por infracción procesal en el orden civil y las tasas judiciales para el recurso de suplicación de 500€ y el de casación de 750€.
También declara nulo el artículo 7.2 que establece el pago de una cuota variable a añadir a las cantidades que actores o recurrentes tienen que pagar como base inicial.
Información patrocinada por Pradera González procuradores de Barcelona
Fuente de la imagen: ara.cat

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.




