Sentencia declarando nulo contrato de preferentes por error consentimiento
La titular del juzgado número 1 de Cambados, Olga Martín, considera queda probado que el demandante «no fue debidamente informado de las características de riesgo alto y posible iliquidez que presentaba el producto en cuestión».
Considera que «en ningún momento se le manifestó que el contrato suscrito tenía un vencimiento a 31 de diciembre de 2050, y que si lo hubiera sabido nunca lo hubiera firmado».
Concluye que «el cliente no fue informado de una forma directa y comprensible de las verdaderas características del producto contratado, que era de alto riesgo, y se ofertó a un cliente calificado como conservador, que nunca había realizado operaciones de esa naturaleza y que carece por completo de conocimientos mínimos en materia financiera.
La jueza declara nulo el contrato de compra de estos valores «por error del consentimiento» y condena al banco a asumir las costas del proceso.

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.

