Información urgente sobre plazos procesales tras el apagón del 28 de abril
Queremos informaros de un asunto relevante que afecta a los plazos procesales como consecuencia del apagón sufrido en el territorio peninsular el pasado 28 de abril.
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) reunida anoche con carácter urgente ha recordado que, conforme al artículo 135.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando no sea posible presentar escritos perentorios debido a interrupciones no planificadas de los servicios de comunicaciones electrónicas, será posible hacerlo el primer día hábil siguiente, acompañando justificante de la interrupción.
Asimismo, el CGPJ recuerda que, de acuerdo con el artículo 281.4 de la misma ley, “no será necesario probar los hechos que gocen de notoriedad absoluta y genera, lo que sería de aplicación en este caso.
Recordamos que la Ley de Enjuiciamiento Civil es supletoria en otros órdenes jurisdiccionales conforme a su artículo 4.
La Comisión Permanente se ha convocado de nuevo para esta mañana con el fin de seguir evaluando la situación.

Escrito por Marta Pradera Rivero
- – Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona.

Escrito por Alejandra González Pradera
Licenciada en Derecho, procuradora de los tribunales en Barcelona y mediadora especializada en Derecho Privado y de Familia. Es socia de Pradera González Procuradores, donde desarrolla su actividad profesional con un enfoque orientado a la excelencia, la cercanía al cliente y la eficiencia procesal.




