Sentencia Tribunal Constitucional tasas judiciales personas jurídicas

El pasado 21 de Julio el Tribunal Constitucional dictó una sentencia en la que se declaran inconstitucionales y nulas las tasas judiciales impuestas a personas jurídicas.

Concretamente el Tribunal Constitucional anula las cuotas de 200€ para interponer el recurso contencioso administrativo abreviado y la de 350€ para interponer el recurso contencioso administrativo ordinario. La cuota de 800€ para recursos de apelación, la de 1.200€ para recursos de casación y extraordinario por infracción procesal en el orden civil y las tasas judiciales para el recurso de suplicación de 500€ y el de casación de 750€.

También declara nulo el artículo 7.2 que establece el pago de una cuota variable a añadir a las cantidades que actores o recurrentes tienen que pagar como base inicial.

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Información patrocinada por Pradera González procuradores de Barcelona 

Fuente de la imagen: ara.cat

Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona
    1 comentario
  1. Graciani Asesores 25 agosto, 2016 at 9:59 am

    Por fin ya era hora acabar con la injusticia que suponían las tasas judiciales.

    Se ha tardado mucho pero al final se ha conseguido.

    Enhorabuena por la web!