La sentencia dictada en el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid da la razón a Ceaccu, declarando abusivas y nulas ocho cláusulas incluidas por Costa Cruceros en los contratos firmados por los pasajeros afectados por el naufragio del Concordia en las costas italianas. Costa Cruceros se comprometió a adecuar seis cláusulas para su mejor comprensión y adaptarlas a la legislación española vigente.

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Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona
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