La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Estrasburgo ha rechazado el recurso de España contra la condena que se le impuso por aplicar la conocida doctrina Parot a la etarra Inés del Río y reclama la liberación de la etarra en un fallo vinculante y que establece jurisprudencia. La sentencia establece que la doctrina Parot no se puede aplicar por hechos cometidos antes de 1995.

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Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona
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