Sentencia dictada por la Sala primera del Tribunal Supremo, publicada en la revista la Ley, resolviendo que la compensación judicial puede ser opuesta al contestar la demanda como excepción sin necesidad de formular reconvención.

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Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona
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