El artículo aborda la cuestión de si para pronunciar la condena a los administradores de sociedades en concurso, tiene o no el Tribunal que fundamentarla, cualitativa y cuantitativamente, en mayor o menor grado, es decir, causalizarla.

Jurisprudencia comentada:
Sentencia de la AP Barcelona, Sección 15ª, 23 Abr. 2012 (Rec. 608/2011)

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Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

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