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El 5 de junio se producirá la reanudación del cómputo de los plazos procesales suspendidos con la declaración del estado de alarma el pasado 14 de marzo.

El Real Decreto 537/2020, de 20 de mayo estipula el alzamiento el próximo 4 de junio de los plazos procesales y las reanudación de las actuaciones en el ámbito de la Administración de Justicia.

Plazos procesales en general

Los plazos procesales en general incluyen plazos de anuncio, preparación e interposición de recursos procesales frente a resoluciones notificadas antes de la declaración del estado de alarma.

Tabla de plazos procesales en general

 

Régimen especial de anuncio, preparación e interposición de recursos procesales frente a resoluciones finalizadoras notificadas durante el estado de alarma

El régimen especial incluye plazos de anuncio, preparación e interposición de recursos procesales frente a resoluciones finalizadoras notificadas durante la vigencia del estado de alarma y durante los 20 días hábiles siguientes al 4 de junio.

Tabla plazos procesales régimen general

Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

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