
El anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil en el año 2013 asignó a los procuradores nuevas funciones en pos de una justicia más ágil que ayude a disminuir la carga de trabajo que sufren los tribunales.
En concreto, han ampliado sus competencias a todos los actos de comunicación, garantizando su eficacia, y a determinados actos de ejecución y cooperación con la Administración de Justicia.
A partir de ahora será el interesado en el procedimiento quien decida si prefiere que sean los funcionarios quienes se encarguen de la ejecución o bien sea el procurador. Las diferencias son claras: la administración no carga costes, pero presenta demoras importantes, mientras que el procurador ejecutará en pocos días por una cuota. Esto es así porque podrá hacer el requerimiento de pago en el mismo domicilio del ejecutado o donde lo encuentre, algo que mejora y agiliza el proceso.
Quienes apoyan esta reforma se basan en la justicia en Europa, donde existen los “agentes de ejecución” para comunicaciones y realización de sentencias. El nombrado anteproyecto responde a un llamado de los procuradores de Barcelona y resto de España: que su posición se homologue a la del resto de Europa.
Las ventajas no solo afectan al cuerpo de procuradores, sino que también aliviarían a los funcionarios de justicia de algunas funciones, por lo que estos podrían dedicarse a otros trámites para solucionarlos mejor y más rápido.
Todo esto es solo un ejemplo más de las recientes reformas que está sufriendo la Administración de Justicia para su modernización y agilización.
Información patrocinada por Pradera Gonzalez procuradores de Barcelona
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