El Supremo aplica los derechos de los honorarios mínimos de los procuradores en los tribunales españoles

La Sala Primera del Tribunal Supremo aplicó el pasado 15 de marzo por primera vez la doctrina sobre el cálculo de los derechos de los honorarios mínimos de los procuradores en los tribunales españoles, una sentencia que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea había avalado el pasado 8 de diciembre de 2016.

La citada sentencia declara que dicho cálculo de los aranceles mínimos al que está sujeta la retribución de los procuradores no resulta contrario a los artículos 4, apartado 3 del TUE y 101 del TFUE (LA LEY 6/1957) y, por tanto, no resulta disconforme respecto al derecho de la Unión Europea. Es decir, el arancel del procurador se seguirá aplicando de forma automática tal y como venía haciéndose hasta ahora para fijar el importe de los derechos del procurador en el caso de condena en costas, puesto que no impulsa acuerdos entre asociaciones profesionales ni favorece abusos de posición dominante.

En definitiva, esta sentencia da por concluida la cuestión de las tarifas en el caso de los procuradores de los tribunales al pronunciarse en sentido favorable respecto al sistema actual y considerarlas legales y proporcionales. Se resuelven así varios recursos de revisión y la impugnación de una tasación de costas considerada indebida y excesiva.

La citada Sentencia del TJUE deja patente que “los tribunales no pueden moderar los derechos de los procuradores establecidos normativamente en sus aranceles”. Eso sí, la cuantía global por derechos devengados por honorarios de los procuradores no podrá exceder los 300.000 euros.

Así, salvo excepciones, el procurador tiene derecho a percibir un máximo de 88.200 euros (29,40% de 300.000 euros) en primera estancia y un máximo de 105.900 euros (35,30% de 300.000 euros) en segunda instancia y recursos extraordinarios.

En estos enlaces te aclaramos cuánto cobra un procurador y por qué es necesario un procurador y ponemos a tu disposición una práctica calculadora de los aranceles de derechos del procurador en procedimientos de cuantía determinada.

Información patrocinada por Pradera González procuradores de Barcelona 

Escrito por Marta Pradera
Licenciada en Derecho por la Universidad de Barcelona y procuradora colegiada nº 463 del Ilustre Colegio de Procuradores de Barcelona

Comments are closed.