PROCURADORES DE LOS TRIBUNALES DE BARCELONA CAPITAL Y PROVINCIA

El despacho de procuradores Pradera González inició su actividad en 1993 y en la actualidad ejerce en los Partidos Judiciales de Barcelona, Badalona, Santa Coloma, L’Hospitalet, Cornellá, Esplugues, El Prat, Sant Boi, Sant Feliu, Gavá, Martorell, Cerdanyola, Sabadell, Rubí, Terrassa, Granollers y Mataró.

Desde su creación, el objetivo de nuestra procuraduría ha sido centrar todos los esfuerzos en ofrecer un servicio integral de gestión procesal ágil y eficaz. Para ello hemos establecido como principio fundamental de actuación la combinación de dos aspectos que consideramos claves: el estrecho contacto personal con nuestros clientes y la incorporación de los últimos avances tecnológicos, de forma que en todo momento dispongan del apoyo especializado que demandan y de las ventajas que supone la posibilidad de consultar a través de nuestra oficina virtual toda la información de los expedientes de manera sencilla y práctica. Además, para completar nuestra vocación de servicio al abogado, el despacho abarca un total de 17 Partidos Judiciales de Barcelona capital y provincia.

En Pradera&González somos procuradores de Barcelona
prestando especial atención al asesoramiento profesional en Derecho Procesal, y atesoramos una gran experiencia en la tramitación de procedimientos judiciales asociados a entidades financieras y de seguros.

Los socios fundadores del despacho, Marta Pradera y Carlos González, pertenecen al Colegio de Procuradores de Barcelona. Para ofrecer la mejor calidad, el despacho dispone de tres nuevos profesionales, cuatro oficiales habilitados, tres administrativas y servicio de reparto diario. 

Recientemente actuamos también como: procuradores Badalona, procuradores Sabadell, procuradores Terrassa, procuradores Granollers y procuradores Mataró.

CONSULTAS 932 040 004

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12/04/2012

Nueva Tasa Judicial en Cataluña

La Ley 5/2012 de la Comunidad Autónoma de Cataluña, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las Estancias en Establecimientos Turísticos -publicada en el BOE número 83 de 6 de abril de 2012 y previamente en el «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» número 6094, de 23 de marzo de 2012- en su artículo 16 añade un nuevo título III bis al texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que tiene por objeto regular la nueva tasa judicial autonómica para el justiciable (nuevo artículo 3 bis. 1) y otra tasa para "la utilización o el aprovechamiento de los bienes y derechos afectos al servicio de la Administración de justicia" (nuevo artículo 3 bis. 2). saber +